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DICTAMEN PERICIAL (PERITAJES)
Es un medio de prueba, que debe ser claro, preciso y detallado, que permite verificar hechos que interesan a un proceso, o a las partes, pero que requiere especiales conocimientos científicos, técnicos o artísticos.
La prueba pericial esta regulada en el articulo 226 del código general del proceso
Se tiene como alcance, realizar un dictamen pericial que tiene como objeto determinar las posibles causas que dieron origen a un conflicto de intereses entre propietarios o interesados de uno o mas bienes inmuebles, determinando su identificación, descripción, cabida área linderos, colindancia entre si, y, conforme al trabajo de campo, estudio de titulos, y técnicas aplicadas se determine a través de la prueba pericial, elementos que sirvan de base, ya sea para emitir un fallo, o un acuerdo conciliatorio entre las partes interesadas









